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Inicio » CONFIRMA TRIBUNAL ELECTORAL TRIUNFO DE AMÉRICO VILLARREAL EN TAMAULIPAS

CONFIRMA TRIBUNAL ELECTORAL TRIUNFO DE AMÉRICO VILLARREAL EN TAMAULIPAS

29 septiembre, 2022
en RESTO DE MÉXICO
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CDMX.- Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron el triunfo de Américo Villarreal a la gubernatura de Tamaulipas.

Frente a uno de los principales argumentos del PAN, con base en los cuales pidió la nulidad de los comicios, el proyecto aprobado indica que se estudió el tema de la supuesta participación del crimen organizado y violencia generalizada y se concluyó que “no existen los elementos necesarios para acreditar los sucesos narrados por el promovente”

Igualmente, que “las irregularidades acreditadas fueron hechos aislados, ocurridos en dos municipios, sin que se advierta que incidieran de manera determinante en los comicios”.

Aunque se modificaron algunos aspectos la resolución del Tribunal Electoral de Tamaulipas, particularmente porque no valoró la indebida participación de una alcaldesa y un funcionario federal (el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard), el TEPJF confirmó “el cómputo estatal, la declaratoria de validez de la elección, así como la constancia de mayoría en favor del candidato Américo Villarreal Anaya”.

En el proyecto se añadió, como conducta probada, la asistencia de la jefa de gobierno Claudia Sheinbaum y del secretario de Gobernación, Adán Augusto, al cierre de campaña del candidato a gobernador. En este último punto anexado no se alcanzó unanimidad.

Al final, la sentencia quedó de la siguiente manera: “se confirma el cómputo estatal, la elegibilidad y al declaración de validez de la elección, así como la entrega de constancia de mayoría expedida a favor de Américo Villarreal Anaya”.

No intentar ganar en tribunales lo que no se ganó en las urnas

El magistrado ponente, José Luis Vargas, inició su exposición señalando que la diferencia entre el primer y segundo lugar fue de 88 mil 583 votos, esto es, 6.38 por ciento.

Luego dijo que le ha llamado la atención el reclamo de que no se deje de sancionar la intervención de la delincuencia organizada y el financiamiento ilícito.

Derivado de lo anterior explicó que la nulidad de una elección no es una sanción sino una consecuencia, es decir, la nulidad de la elección no es una vía represora, sancionatoria o reparadora.

Por tanto, “aun estando en presencia de infracciones sustanciales, nuestra función constitucional es la de justipreciar si estas son de la entidad suficiente para considerar que viciaron de forma indudable e insalvable las condiciones de validez de la contienda”.

Puntualizó que en el país la nulidad siempre ha sido la excepción, “pues la finalidad de esa opción es proteger la plena eficacia del voto ciudadano y no proporcionar herramientas para tratar de ganar en tribunales lo que no se ganó en las urnas”.

Es decir, dijo, la nulidad debe ser el último recurso y sólo cuando se acreditan plena y objetivamente violaciones graves, generalizadas y sistemáticas previstas en la ley.

“Únicamente en esas condiciones sería posible concluir que las violaciones acreditadas fueron determinantes para el resultado de la elección y que por ende se debe anular el ejercicio comicial”, insistió el magistrado Vargas.

Luego dio respuesta cada una de los argumentos e impugnaciones del PAN. En cuanto a la eligibilidad, indicó que Villarreal “no infringió norma alguna” pues su solicitud de reincorporación al Senado se dio incluso después de los cómputos distritales.

De la supuesta violación a la cadena de custodia señaló que no puede actualizarse a la luz de la queja del PAN sobre violencia generalizada, pero aunque el tópico no fue analizado por el tribunal estatal resulta insuficiente para declarar la nulidad de la elección, lo mismo en el caso de la presunta intromisión de empleados públicos identificados como servidores de la nación.

De la intromisión de una alcaldesa y de un funcionario federal (el canciller), dijo que tampoco fue tomado en cuenta por el tribunal de Tamaulipas, aspecto que solo afecta los principios de imparcialidad y equidad por parte de los dos servidores públicos referidos.

Delincuencia organizada

Respecto a la supuesta intervención del crimen, el magistrado manifestó el rechazo a todo acto de violencia o de coacción de voto y, al igual que sus colegas, admitieron que existe un delicado problema en el país y en la entidad, pero el trabajo del TEPJF es verificar si las circunstancias impactaron la libertad del voto.

Aseguró que se analizaron con exhaustividad y pulcritud los reclamos del PAN sobre presunta participación de grupos de la delincuencia organizada en el proceso, y violencia generalizada durante la elección.

En efecto, puntualizó, el Tribunal local incurrió en una deficiencia en el análisis integral de los reclamos del partido, al negarse a hacer una valoración contextual de los hechos y las pruebas.

Vargas precisó que para la elaboración de su proyecto se analizaron más de 35 pruebas ofrecidas por el PAN, entre estas, el supuesto vínculo entre dirigentes y candidatos de Morena con diversos grupos criminales que se tradujeron en supuesto apoyo para obtener el triunfo; el segundo se relaciona con la hipotética aportación de recursos ilícitos a la campaña, y supuestos actos de violencia y presión al electorado durante la jornada electoral y el día previo.

No obstante, subrayó que “de las notas aportadas no es posible formular una inferencia o deducción que existan vínculos directos entre el candidato y grupos de la delincuencia, ya que estos se presentan con una suposición que deriva de que el candidato fungió como candidato de Morena en el proceso local 2021 en Sinaloa y que conoció a un empresario al que se identificó como líder de un grupo delictivo dedicado al contrabando de hidrocarburos”.

El magistrado consideró que no hay respaldo probatorio pues el solo hecho de conocer a una persona no lo involucra en las actividades de terceros. Tampoco se prueban las supuestas aportaciones.

Así, dijo, “de todo el acervo probatorio, no es posible presumir la existencia de vínculos de la candidatura aludida a grupos delictivos y menos que estos se utilizaran para favorecer la campaña correspondiente”.

De la misma manera, las imputaciones sobre aportaciones en especie y en efectivo “carecen de un respaldo probatorio suficiente del que se pueda inferir su existencia, toda vez que se trata de relatorías realizadas por reporteros”.

Respecto supuestas transferencias de una banca extranjera en las que se pretende involucrar a un familiar del candidato, indicó que incluso el diplomático aludido (el embajador de Estados Unidos) desmintió, además de que el PAN no aportó elementos adicionales.

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