CDMX.- Después de más de siete horas de audiencia, un juez se negó a cambiar la medida cautelar dictada en contra de Jesús Murillo Karam, extitular de la Procuraduría General de la República (PGR), por lo que permanecerá en la Torre Médica del Penal de Tepepan para su recuperación.
Marco Antonio Fuerte Tapia, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, fue el responsable de la audiencia y, tras contemplar los argumentos presentados por la parte defensora, rechazó conceder la prisión domiciliaria al exprocurador.
Durante la audiencia, la representación legal de Murillo Karam argumentó que su cliente, de 74 años, no corre riesgo de fuga; además, defendió que su estado de salud juega un papel importante para garantizar su estadía en México, por lo que solicitaron que el exfuncionario del gobierno de Enrique Peña Nieto llevara el juicio en su domicilio, ubicado en una de las zonas más exclusivas de la Ciudad de México.
Murillo Karam es investigado por su presunta responsabilidad en los delitos de tortura, desaparición forzada y contra la administración de justicia por inventarse la mal llamada “verdad histórica” en el caso de la desaparición de 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa.
El acto jurídico en el que se pidió el cambio de medida cautelar estaba programado para las 18:00 horas del 1 de diciembre en las instalaciones del Reclusorio Norte, en donde Murillo Karam había sido ingresado en primera instancia tras su detención en agosto.
Debido a su estado de salud, el investigado participó de manera virtual desde la Torre Médica del Penal de Tepepan, en Tlalpan, donde permanecerá hasta su recuperación.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) contempla en su el Artículo 19 que la prisión preventiva oficiosa se deberá de aplicar en caso de que ninguna otra medida cautelar pueda garantizar la permanencia del acusado, por lo que se debe de contemplar el riesgo de fuga aún a pesar de su estado de salud.
Además, existe un catálogo de delitos en los que se aplicará esta medida cautelar de manera oficiosa, de entre ellos se contemplan los “cometidos con medios violentos como armas y explosivos”, por lo que también se debió de estimar si esto ocurrió durante las presuntas torturas que se le señalan a Murillo Karam para obtener los testimonios que supuestamente respaldaron la llamada “verdad histórica”.